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Miercoles, 23 de mayo de 2012
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Para paliar los gastos no amortizados derivados de la aplicación de la Ley de medidas antitabaquismo

UPTA propondrá dos años de periodo transitorio de aplicación de la ley en los bares y restaurantes

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La Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, establecía la posibilidad, a aquellos establecimientos hosteleros de más de 100 metros cuadrados, de acondicionar parte del local y adaptarlo para el uso de los clientes que fuman, bajo las condiciones que marcaba el artículo 8 de la mencionada Ley.

Muchos de los establecimientos de más de 100 metros cuadrados optaron por acondicionar sus locales, invirtiendo en ello sumas de dinero que, en cualquier caso y a día de hoy, no han sido amortizadas por los propietarios de los establecimientos, ya que estas obras no iban dirigidas a aumentar la clientela, sino a no perder la ya captada.

 

Pero la situación se agravará con la entrada en vigor de la modificación de la Ley de medidas antitabaquismo, aceptada a trámite, y que prohibirá totalmente el consumo de tabaco en establecimientos públicos, aunque no así su venta, obligando a aquellos establecimientos que invirtieron en adaptar los locales a volver a invertir en desmontar las obras realizadas hace apenas cuatro años.

 

Por este motivo, UPTA España ha redactado un documento de enmiendas a la ley, que ha sido enviado a los grupos parlamentarios en el Congreso, con las que se pedirá una moratoria o plazo transitorio de aplicación de la Ley de dos años para aquellos establecimientos comprendidos en el artículo 7 apartado U, (es decir, bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados), con el objetivo de compensar las posibles pérdidas económicas que se puedan producir.

 

Otras de las enmiendas que UPTA España defenderá y que ha presentado se refieren al establecimiento de un coeficiente reductor específico de los módulos de IRPF durante dos años o la posibilidad de que los vendedores minoristas puedan comprar directamente a los mayoristas, en coherencia con el espíritu de la directiva europea de liberalización de servicios, que permite importar libremente labores de tabaco así como su distribución.

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