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Jueves, 24 de mayo de 2012
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El Ejecutivo regional considera que el Consistorio getafense no puede renunciar a las obligaciones adquiridas el pasado 2 de abril

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 El Gobierno regional ha interpuesto un recurso instando al Ayuntamiento de Getafe a cumplir con lo acordado en el desarrollo de Carpetania dado que el Pleno del Ayuntamiento de Getafe decidió unilateralmente dejar sin efecto el acuerdo alcanzado por el Consorcio 

La Comunidad de Madrid instó hoy al Ayuntamiento de Getafe a cumplir con lo aprobado el pasado 2 de abril en el Pleno del Consistorio, en el que dio conformidad al acuerdo del Consejo de Administración del Consorcio Urbanístico Parque Empresarial de La Carpetania sobre el desistimiento del sistema de expropiación en la segunda fase del desarrollo urbanístico La Carpetania.

 

Según informó el vicepresidente, consejero de Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno regional, Ignacio González, en dicho acuerdo, con fecha 15 de enero, el Consorcio –participado por el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid- desistió del sistema de expropiación en la segunda fase de Carpetania, lo que suponía devolver al Ayuntamiento su capacidad para afrontar dicha expropiación si la consideraba oportuna. 

El Consejo de Administración del Consorcio Urbanístico Parque Empresarial de La Carpetania tomó esta determinación al considerar que la expropiación era inviable económicamente ya que, de acuerdo con diversas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el precio del metro cuadrado había aumentado un 525% y había una falta de demanda empresarial para la adquisición de parcelas.

 

El citado desistimiento fue aceptado, además, por la Comisión de Urbanismo, en su sesión del 30 de abril. Días después, el 26 de junio, el Pleno del Ayuntamiento de Getafe acordó de forma unilateral dejar sin efecto el acuerdo alcanzado por el Consistorio el 2 de abril. 

Ahora, el Gobierno regional ha interpuesto un recurso contenciosoa-dministrativo contra esa decisión del 26 de junio, al considerar que el Consistorio getafense no puede relegar las obligaciones adquiridas en  este Consorcio ya que vulnera el procedimiento legal establecido y, por lo tanto, dicha aprobación en Pleno es nula.

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