
Esta nueva medida, cuya aprobación se realice probablemente “de urgencia”, no es sino un paso más en la Segunda Oportunidad del Emprendedor, aprobada en 2013 dentro de la Ley de Emprendedores y que preveía la posibilidad de que el emprendedor pudiera negociar el pago de la deuda con sus acreedores ayudado por la figura del Mediador Concursal.
No obstante, y a la vista del actual nivel de endeudamiento de autónomos y pymes, era necesario profundizar en un sistema que permitiera la liberación de las deudas de forma más rápida y eficaz, en especial para los trabajadores independientes, ya que sólo de ésta forma puede garantizarse, en cierta forma, la continuidad de su actividad.
Hay que destacar que este régimen ha sido largamente demandado por plataformas de emprendedores y autónomos y, aunque parecía que podía incorporarse en forma de enmienda a la reforma concursal que tramita el Congreso, el plan es aprobarlo de forma separada como un Real Decreto-ley para que entre en vigor en abril.
Sin embargo, y pese a lo positivo de la medida, conviene analizar qué significa y en qué casos se podrán beneficiar los autónomos de esta propuesta, en la que también se ha de tener en cuenta la protección del acreedor.
En primer lugar, la propuesta de enmarca dentro la Ley Concursal, que regula “La Segunda Oportunidad del Emprendedor” (el famoso fresh start estadounidense). Se trata, por tanto, de facilitar el cierre a aquellos emprendedores y autónomos que no hayan tenido suerte en su primer negocio y quieran iniciar uno nuevo por lo que, deducimos, la reducción de deudas se limitará a aquellos que vayan a emprender de nuevo.
Cuando se produzca la quita en una determinada deuda para que el autónomo pueda volver a iniciar un segundo negocio después de un primer fracaso, se deberá demostrar que el cierre se produjo por causas económicas justificadas y no fraudulentas.