
La Organización también solicitará que los créditos de derecho público, en especial con Hacienda y Seguridad Social, puedan incorporarse a la masa y ser exonerados hasta un cincuenta por ciento tras un concurso de acreedores o acuerdo extrajudicial
La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) ha presentado con carácter de urgencia diversas propuestas de modificación del Real Decreto Ley 1/2015, de 27 de febrero, que regula el mecanismo de segunda oportunidad para autónomos y microempresas. El Real Decreto Ley será próximamente convalidado por el Congreso de los Diputados y UPTA espera que tenga posteriormente un trámite parlamentario con el fin de pode introducir mejoras. O bien incorporarlas al Proyecto de Ley que modifica el procedimiento concursal que actualmente se debate en el Congreso.
En primer lugar, UPTA pide que los créditos de derecho público, en especial con Hacienda y Seguridad Social, puedan incorporarse a la masa y ser exonerados hasta un cincuenta por ciento. “No parece razonable que desde el sector público se pida un esfuerzo a los acreedores privados y sin embargo el propio sector público no lo haga”, explica el secretario general de UPTA, Sebastián Reyna.
Por otra parte, se propone que desaparezca la referencia a que durante el periodo de cinco años los acreedores estén legitimados para revocar el beneficio de la exoneración en el caso de que mejore sustancialmente la situación económica del deudor. “Entendemos que esta medida hace perder toda su naturaleza al concepto de segunda oportunidad, ya que precisamente lo que debe buscarse es una mejora sustancial en la situación de los deudores”, señala Reyna.
También parece imprescindible que en determinados supuestos no se condicione el acceso al sistema sólo a aquellos autónomos que tienen capacidad para pagar los gastos del procedimiento. Así, se propone que para los autónomos en situación de insolvencia se aplique la “Justicia Gratuita” siempre que se contraste que no cuentan con otras rentas y sus deudas comerciales o financieras no hipotecarias no sean superiores a 20.000 €.
También UPTA se opone a que se dé la exclusiva a las Cámaras de Comercio para realizar los servicios de acuerdos extrajudiciales entendiendo que esta posibilidad debe extenderse a todas las asociaciones socioprofesionales que cuenten con un Servicio de Mediación Registrado.
Por último, se pide una rebaja en la remuneración del mediador concursal que para las personas naturales con actividad económica debe ser del 75% sobre la base de remuneración.
Todas estas propuestas han sido presentadas ya a los Grupos Parlamentarios.