aa autonomos 6 Una de las consecuencias de la crisis económica ha sido el aumento del número de trabajadores pertenecientes al colectivo de los autónomos. En este sentido, las personas que se decantan por el autoempleo han de saber que están obligados a darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos ya que de lo contrario estos profesionales se exponen a sanciones concretas.

Es lo que manifiestan desde la consultoría David García de Solvo, donde advierten a los autónomos que se han de dar de alta en el RETA antes de los 30 días siguientes al inicio de su actividad pues si se comienza esta sin estar dado de alta se considera una infracción grave. En concreto, el autónomo que cometa este tipo de infracciones deberá hacer frente a una multa de entre 300 y 3.000 euros aproximadamente.

Del mismo modo, argumentan desde esta consultora, los autónomos deberán abonar la cantidad correspondiente de las cuotas a la Seguridad Social, el recargo del 20% que conlleva el pago fuera de plazo y los intereses que se hayan generado a partir de la deuda contraída anteriormente.

Desde esta organización también recomiendan tener al día el pago de la cuota regular de autónomos a la Seguridad Social, pues la normativa también establece distintos tipos de sanciones por el retraso de este procedimiento. Así, los autónomos que se retrasen en el pago de la cuota, aunque sea sólo un día, tendrán que pagar un recargo del 20% del importe de la misma. La aplicación del recargo también sería de un 20% si se abonase el pago dentro del plazo establecido en la reclamación de la deuda.

 

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