000 1001 china 04 Cualquier trabajador con derecho a percibir una prestación por desempleo podrá compatibilizar el cobro de esa ayuda con un trabajo como autónomo durante sus primeros seis meses de actividad, una posibilidad que se reservaba hasta ahora a los menores de 30 años. Ése es uno de los cambios introducidos por la nueva Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social publicada este jueves por el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entrará en vigor el próximo 10 de octubre.

Esta ley modifica y actualiza toda la normativa en materia de autoempleo y adopta medidas de promoción del trabajo autónomo y de la economía social, un sector en el que se incluyen cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo, empresas de inserción, fundaciones, asociaciones, mutualidades y cofradías de pescadores.

La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) calcula que esta ley permitirá el alta de al menos 30.000 nuevos autónomos hasta fin de este año. Por su parte, el Ministerio de Empleo estima que el autoempleo podría aumentar en 550.000 personas desde ahora hasta 2019.

Para poder acogerse a esta posibilidad, se tendrá que solicitar al servicio público de empleo correspondiente en los 15 días siguientes al inicio de la actividad por cuenta propia. Sin esa solicitud dentro de plazo, el trabajador no podrá compatibilizar ambas cosas.

Además, según recoge la ley, durante esa compatibilización, "no se exigirá al beneficiario de esa prestación que cumpla con las obligaciones como demandante de empleo", como la de fichar regularmente en las oficinas de empleo o cumplir con las actividades de formación que se asignen.

No podrán compatibilizar la ayuda y el trabajo autónomo las personas cuyo último empleo haya sido también por cuenta propia, quienes se hayan beneficiado de una compatibilización igual en los 24 meses inmediatamente anteriores ni quienes hayan cobrado en un pago único la prestación por desempleo en los dos años previos.

También se excluye de esta posibilidad a quienes se den de alta como autónomos y firmen un contrato para realizar su actividad profesional con un empleador para el que hayan trabajado por cuenta ajena justo antes de quedarse en paro.

Para favorecer la seguridad del emprendedor y facilitarle una segunda oportunidad, los trabajadores que compatibilicen la prestación con su actividad como autónomo contarán con 60 meses (5 años) antes de que se extinga su derecho a lo que le quede de la prestación por desempleo. Hasta ahora ese plazo era de sólo 24 meses.

Además, si dentro de esos 60 meses, dejase de trabajar como autónomo y tuviese derecho a percibir la protección por cese de actividad, el trabajador podrá elegir si cobra esa ayuda o reabre el derecho a la prestación por desempleo suspendida.

En Autonomo.es usamos cookies para mejorar tu experiencia
Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar el uso de la web y mejorar nuestros contenidos. Puedes aceptarlas, rechazarlas o configurarlas en cualquier momento.