
El BOE publica la Orden del Ministerio de Hacienda por la que se desarrolla para 2016 el método de estimación objetiva o por módulos de los autónomos
La decisión incluida en la Ley 26/2014, por la que se modificó la normativa de aplicación del IRPF, más conocida como Reforma Fiscal, de excluir a todos los autónomos de los sectores de la Industria y la Construcción (epígrafes del IAE: 3, 4 y 5), excepto la industria del pan y la bollería, se ha convertido ya en realidad con la publicación en el BOE de la Orden HAP/2430/2015. Mediante la misma se desarrolla para 2016 el método de estimación objetiva o por módulos, así como el régimen simplificado del IVA.
En consecuencia, los autónomos que estuvieran acogidos a módulos hasta ahora en sectores tan significativos como la industria textil, alimentaria o mecánica, así como los de la construcción e instaladores tendrán que pasar a estimación directa a partir del 1 de enero próximo y cambiar su sistema de liquidación del IVA a la fórmula general.
La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) estima que aproximadamente 200.000 autónomos de la construcción y otros 90.000 de la industria se verán afectados por la nueva normativa.
En el caso del comercio, la hostelería y el transporte sólo saldrán de módulos los que facturen más de 250.000 euros o 125.000 en facturas a empresas. Estas magnitudes se modificaron en el último tramo de la tramitación de la Ley de Presupuestos para 2016, lo que permite dar cobertura a la mayoría de los autónomos de estos sectores de actividad.
Por otra parte, la Orden mantiene la reducción del 5 % sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomo desde el año 2010.