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La información del BOE mantiene las reducciones de cuotas para los autónomos que se dediquen a la venta a domicilio y al comercio ambulante, además de las correspondientes rebajas en las situaciones de pluriactividad. También han surgido nuevas normas de cotización para los trabajadores por cuenta propia que se encuadren en el Sistema Especial Agrario y en el Régimen del Mar. El BOE también recoge que se mantendrá el tipo del 26,5% para aquellos autónomos que no cotizan por incapacidad temporal. Esta cifra alcanza el 29,8%, pero sin subidas, para los autónomos con carácter general.

También hay que explicar que los profesionales por cuenta propia que no coticen por enfermedad profesional y por accidente de trabajo tendrán la obligación de aumentar su cotización en un 0,10% para satisfacer las prestaciones por paternidad, maternidad y riesgo durante el embarazo que se cubre al margen de que se cotice o no por prestaciones profesionales.

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