640 elmundofinanciero 17 El último fallo judicial, dictado por el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), lo hizo de forma muy precisa e irrebatible por parte de Hacienda: «Los profesionales autónomos que declaran por el impuesto sobre la renta de las personas físicas y que tienen en su vivienda habitual su centro de trabajo tienen derecho a deducirse los gastos de electricidad, agua, comunidad de vecinos, IBI y hasta las amortizaciones», sentenció.

Para beneficiarse de estas deducciones, los autónomos tendrán que especificar al registrarse en el impuesto de actividades económicas (IAE) dónde desarrollan la actividad y qué cantidad de superficie ocupan.Ahora bien, ¿qué pasa con la factura del teléfono o la wifi, herramientas de trabajo imprescindibles? Nada aparece sobre ella en las medidas urgentes, aunque fuentes consultadas consideran que seguirá como hasta ahora. Hacienda permite desgravar un 50 % del gasto si solo se posee una línea. Eso sí, aclaran que la Administración Tributaria no podrá pedir la lista de llamadas.

«Es necesaria una orden judicial porque se trata de información confidencial protegida por la Constitución», aseguran.Sí aparecen contempladas desgravaciones a la movilidad. «Los vehículos automóviles serán deducibles en el lRPF, en los mismos términos y condiciones que están previstos en la normativa del IVA» se limita a exponer.Fuentes de los autónomos explican que ciertos tipos de vehículo (los catalogados para el transporte de mercancías) ya permiten deducirse el gasto del combustible (parte del céntimo sanitario, por ejemplo) y el IVA correspondiente. En los demás casos, siempre podrá deducir el 50 % del IVA del coche y de los gastos de mantenimiento.

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